Matteo Politi
¿Y si alguien intenta patentar la ayahuasca? Los avances en la investigación científica de las últimas décadas han atraído una atención sin precedentes sobre la ayahuasca, el brebaje vegetal sagrado del Amazonas. Los investigadores están confirmando lo que los indígenas llevan siglos afirmando: la ayahuasca constituye un brebaje medicinal excepcional, con diversas propiedades y potenciales aplicaciones terapéuticas.
La sociedad occidental quiere explotar este inmenso potencial. El turismo chamánico ha vivido un par de décadas de auge y hace poco me enteré de una solicitud de patente para la ayahuasca sintética que ha permanecido en trámite durante varios años.
Patentar la ayahuasca
Según la solicitud de patente presentada en 2016 por el ciudadano alemán Thomas Herkenroth (actualmente en fase de tramitación), dos o más de las moléculas bioactivas contenidas en el brebaje de la ayahuasca (harmina, harmalina, N,N-dimetiltriptamina (DMT), mono-N-metiltriptamina, entre otras) pueden extraerse y purificarse a partir de diferentes fuentes vegetales, o incluso sintetizarse de forma independiente, y luego reensamblarse en una combinación, composición, mezcla y preparación farmacéutica específica. El resultado representa la llamada «ayahuasca sintética», que puede tener por lo tanto una concentración definida y deseada de las moléculas bioactivas seleccionadas. En la solicitud de patente también se sugieren varios usos potenciales de la ayahuasca sintética, como los recreativos, la preparación nutricional, la terapia, junto con los procesos de extracción y purificación de las moléculas bioactivas.
Ante este panorama, aflora un sentimiento extremo de hastío. La historia parece repetirse: sobre todo la arrogancia occidental de apropiarse del patrimonio indígena en beneficio privado. En 1986 se concedió una patente sobre la propia liana de la ayahuasca en beneficio del ciudadano estadounidense Loren Miller, lo que provocó diez años después la reacción de una alianza de pueblos indígenas amazónicos. Se concedió una patente limitada, que expiró en 2003.
Esta vez, la situación general parece más complicada y difícil de abordar. Para explorar el tema, entrevisté a un experto en el campo de las patentes de medicamentos tradicionales a base de plantas.
Una conversación sobre la apropiación indebida y la reciprocidad
Mi formación se centra en la química de los productos naturales y, debido a mi profundo interés por las plantas medicinales, trabajo desde hace unos años como director de investigación en el Centro Takiwasi de Perú. Después de discutir sobre el intento de patente de la ayahuasca sintética con el Dr. Jacques Mabit, presidente fundador de Takiwasi, decidí contactar con un colega mío, Alan Hesketh, con el que he colaborado anteriormente, como coautor de dos artículos sobre la aplicación del Protocolo de Nagoya sobre el acceso a los recursos genéticos y la participación justa y equitativa en los beneficios, un marco internacional que busca proteger tanto el conocimiento indígena como la biodiversidad.
Alan es doctor en química orgánica, abogado de patentes europeas, fundador y director general de Indigena Biodiversity, una empresa que proporciona líneas de investigación y oportunidades comerciales basadas en los recursos genéticos naturales. La misión de Indigena es ayudar a los países ricos en biodiversidad a beneficiarse de sus recursos genéticos locales, principalmente especies vegetales.
Los intercambios que mantuve con Alan sobre el funcionamiento del mundo de las patentes me remitieron rápidamente a otro tema clave en mi opinión, que es el de la reciprocidad.
Matteo Politi
Alan, sería bueno que nos aconsejaras sobre cómo descubrir y explicar mejor al público en general la situación general relacionada con el intento de patentar la ayahuasca sintética.
A mi modo de entender, en términos generales, en 1992 el Convenio sobre la Diversidad Biológica (CDB) celebrado en Río de Janeiro inició un proceso para evitar ciertos tipos de explotación de los recursos genéticos y los conocimientos tradicionales relacionados. Después de casi treinta años, seguimos luchando con esta cuestión. En cuanto al ejemplo de la ayahuasca sintética, las medicinas tradicionales pueden replicarse fácilmente con análogos semisintéticos, puenteando las acciones para compartir los beneficios. Imaginemos explicar esto a un curandero indígena, ¿cómo justificaríamos estas acciones?
Alan Hesketh
La solicitud de patente se ha presentado sólo en Alemania y aún no se ha concedido. La invención se refiere a dos clases de componentes del material vegetal natural, en una proporción definida entre sí y purificados para eliminar ingredientes secundarios desconocidos o variables.
Es posible patentar extractos de plantas y componentes aislados. Los requisitos exigen que el producto sea novedoso e innovador con respecto a lo que ya se conoce. De ello se deduce que una patente no puede impedir los usos existentes de una planta o de sus extractos conocidos. Una patente no puede impedir que se haga lo que se hacía antes de presentar la solicitud de patente.
La concesión de esta solicitud de patente depende de los precedentes concretos, pero no hay ninguna otra razón por la que no se pueda conceder una patente de este tipo. Entiendo que la ayahuasca tiene un significado espiritual en Perú y en otros países. Pero también es conocida internacionalmente desde hace muchos años y ha sido investigada médica y químicamente. Incluso si se hubiera exportado material vegetal para esta investigación, el Protocolo de Nagoya no resulta relevante porque no tiene carácter retrospectivo. Patentar los derivados de una planta que es Patrimonio Nacional no afecta al uso tradicional de esa planta.
¿Y qué sucedería si alguien intenta patentar la #ayahuasca? Clic para tuitearMP
Conocemos un caso anterior de patente relacionada con la liana de la ayahuasca (por Loren Miller en 1986). Aunque sea completamente diferente al que estamos discutiendo aquí (en el caso anterior se patentó la propia planta), el problema persiste en el intento actual de patentar la ayahuasca sintética. El autor de la patente ha utilizado tanto el conocimiento científico como el tradicional, que son de dominio público, para crear y proteger un invento que en realidad ya fue inventado primero por la naturaleza (como sustancias químicas individuales), segundo por los humanos indígenas (como mezclas químicas), y por último confirmado por los humanos científicos (por los efectos biológicos). Entonces, ¿es posible patentar un conocimiento tan preexistente, especialmente sin considerar ninguna acción potencial de reparto de beneficios para los indígenas, los científicos e incluso la naturaleza?
AH
Las patentes de plantas sólo existen en Estados Unidos. En Europa, tenemos derechos de obtención vegetal para las nuevas variedades. Pero el efecto es el mismo. Y en ambos casos, la variedad debe ser nueva. Ésa fue la cuestión en el caso de la liana de ayahuasca de Loren Miller.
Volviendo al tema más reciente de la llamada ayahuasca sintética, la descripción es en sí misma un poco errónea, acuñada por el titular de la patente. No es realmente ayahuasca sintética. Se trata de un simple identificador, lo que da lugar a cierta confusión.
Al patentar una invención, el conocimiento previo proporciona un punto de partida, pero una invención, por definición, debe ser algo nuevo. No es posible patentar un conocimiento preexistente. Una invención debe aportar algo nuevo, aunque no siempre resulte un gran avance. Puede haber pequeños pasos que pueden ser patentables. Pero la idea debe ser novedosa e inventiva. Si la ayahuasca no fuera ya conocida e investigada internacionalmente, el CDB y el Protocolo de Nagoya exigirían acuerdos de acceso y participación en los beneficios. Pero éste no es el caso. Un punto que hay que recordar es que el CDB no es retrospectivo. No aborda la cuestión de los recursos genéticos que resultaban ampliamente conocidos por la comunidad internacional antes de 1992. Y todo lo que hacemos como científicos siempre puede ser mejorado por otros. Si pongo mis descubrimientos en el dominio público, son libres para que otros los utilicen. No creo que podamos esperar beneficios si alguien toma ese conocimiento público para desarrollar su propio invento.
Los solicitantes de la patente alemana han basado su idea en los conocimientos existentes. Han tomado los componentes conocidos de la ayahuasca, los han aislado y purificado, eliminando los componentes no deseados, y los han vuelto a juntar en una proporción definida. Al hacerlo, han producido algo nuevo. Ya no es ayahuasca. Puede ser sólo un pequeño paso, pero si su producto tiene propiedades mejoradas, se puede patentar.
Ahora bien, no estoy diciendo que todos los intentos de patentar una idea deban ser concedidos. El documento que escribí con Michael Heinrich sobre la cuestión de la maca intenta adoptar una visión equilibrada. Y me refiero al ejemplo del intento de patentar el efecto antifúngico del aceite del árbol de nim. La patente fue revocada porque la actividad antifúngica se conocía previamente por el conocimiento tradicional. Así que tenemos que relativizar el hecho de patentar productos naturales. No debemos aprobar los abusos del sistema de patentes, pero al mismo tiempo no debemos obstaculizar indebidamente el progreso científico.
MP
En el caso de la ayahuasca sintética, el autor se refiere en realidad a moléculas originalmente inventadas por la naturaleza (como también has señalado, la patente no se refiere a moléculas verdaderamente sintéticas, sino que se trata de productos naturales purificados y ensamblados en la debida dosis de acuerdo con las indicaciones tradicionales). Especialmente para este tipo de patentes, debería preverse una acción de reparto de beneficios con, al menos, la misma «naturaleza» (en forma, por ejemplo, de asignación de parte del beneficio derivado de la patente a acciones o iniciativas «verdes»).
No se trata sólo de la perspectiva romántica de un científico, sino que está en consonancia con el concepto de reciprocidad que suele utilizarse para describir la actitud tradicional de devolver algo si se toma de la naturaleza.
¿Crees que nuestra cultura occidental desarrollará algún día una actitud igualitaria hacia la naturaleza, como ocurre en la mayoría de las culturas animistas y tradicionales? ¿Qué impide ese cambio?
Tenemos mucho que aprender de este tipo de culturas tradicionales, sobre todo en cuestiones relacionadas con la conservación del medio ambiente y la sostenibilidad, por lo que creo que nuestro intento de lograr un verdadero Pacto Verde debería incluir sus voces y perspectivas.
AH
Me doy cuenta, por supuesto, de que hay una diferencia entre que la naturaleza cree átomos y que la naturaleza reúna moléculas específicas en una especie vegetal. Lo que quería decir es que la cuestión de las invenciones y la posibilidad de patentar no consiste simplemente en que la naturaleza invente algo. Independientemente de lo que produzca la naturaleza, a menudo es posible adaptar los productos de la naturaleza para crear algo nuevo. Esa novedad puede ser una invención importante, como la síntesis de una nueva molécula a partir de los átomos de la naturaleza, o una invención menor, como la eliminación de impurezas no deseadas de los ingredientes de una planta natural. Sí, hay una gran diferencia entre esas dos invenciones, pero el principio es el mismo, que las ideas novedosas, grandes o pequeñas, puedan ser patentables.
La patentabilidad es una cuestión, pero la cuestión que planteas es el reparto de beneficios cuando aprovechamos los recursos de la naturaleza. Deberíamos distinguir entre ambas cuestiones. Podemos obtener beneficios de los recursos de la naturaleza, tanto si podemos obtener una patente como si no. ¿Debe haber reciprocidad? No hay duda de que, históricamente, ésa no ha sido la mentalidad de la cultura occidental. La actitud predominante era que las especies vegetales crecen de forma natural, por lo que son libres para que todos las tomen y las utilicen. Esa actitud ha cambiado, sin duda, pero nos queda camino por recorrer antes de ver la actitud plenamente igualitaria que buscas. ¿Hasta dónde podemos llegar? ¿Y cómo podemos hacerlo?
El CDB y Nagoya deberían haber ejercido como catalizadores del cambio. Grandes objetivos. ¿Qué fue lo que falló? El problema fue que los políticos establecieron los principios y dejaron la aplicación a los burócratas. A ello se sumó la desconfianza entre las dos partes que podían hacerlo funcionar: por un lado, la industria occidental y, por otro, los países ricos en biodiversidad. ¿Puede romperse esa desconfianza? Yo creo que sí. Pero sólo si cada parte comprende el punto de vista de la otra. Como relató Jeremy Narby en su experiencia al escribir sobre ser visto como un vampiro blanco, todo es cuestión de diálogo. Fue para ayudar a ese diálogo para lo que fundé Indigena Biodiversity.
Desde luego, estoy de acuerdo en que la industria debe escuchar las voces y perspectivas de las culturas tradicionales. Pero es una vía de doble sentido. También hay que comprender las perspectivas de la industria y las realidades de la comercialización. Lo conseguiremos.
Conclusión
A mi juicio, existe un paralelismo entre el llamado concepto de reciprocidad y los intentos occidentales de regular el mecanismo de reparto de beneficios relacionado con el uso del material vegetal indígena y los conocimientos tradicionales. La reciprocidad resulta inherente al mundo indígena. Cuando se utiliza un recurso natural, hay que devolver un pago a la tierra, a las plantas, a los animales o a los espíritus para equilibrar y compensar esa acción. Es una relación viva con un mundo inteligente y consciente. La naturaleza no es sólo un sistema biológico, sino un espacio vivo y operativo con el que el ser humano puede establecer relaciones inteligentes. Este concepto está claramente expresado en las tradiciones indígenas, pero debe integrarse más en la sociedad occidental. La reciprocidad con dinero es una contribución que no debe dejar de lado la ritualidad de la reciprocidad, un paso hacia un nivel menos materialista de intercambio y diálogo con la naturaleza.
Desde el llamado «descubrimiento» del nuevo mundo, la relación entre el mundo occidental y el indígena amazónico se convirtió en una relación colonial y de explotación. Esta dinámica persiste en la época contemporánea, como lo ilustra el caso de la patente que aquí se presenta. Éste se basa, de hecho, en el mecanismo regulador occidental para proteger una supuesta invención occidental —una invención que incluye el mismo nombre indígena de ayahuasca, y que supone haber mejorado esta medicina vegetal tradicional gracias al enfoque molecular al que fue sometida—. Reducir una compleja medicina vegetal a unas pocas sustancias químicas envasadas en forma de píldora debería reconocerse más como un acto de empobrecimiento cultural y científico que de progreso e innovación.
El diálogo entre el mundo occidental y el indígena debería ser recíproco, lo que implicaría que los occidentales escucharan en silencio (al menos durante un tiempo) y aprendieran sobre las medicinas tradicionales, y aportaran contribuciones, en lugar de una apropiación continua y descaradamente lucrativa. De este modo, podemos intentar reequilibrar y reparar los intercambios injustos que se han producido entre ambos mundos, propiciados por la disparidad de sus sistemas militares y socioeconómicos.
Agradecimientos
Este artículo forma parte de un debate que se nutre de varias contribuciones importantes. Me gustaría dar las gracias a Alan Hesketh por su apertura al diálogo, a Jacques Mabit por animarme a explorar el tema, a Fabio Friso por la edición y a Jeremy Narby por leer el artículo y proporcionar la inspiración final.
Photo by Jill Burrow from Pexels