Tres testimonios de la represión a responsables de asociaciones cannábicas de Catalunya.
En el Estado español hay dos realidades confrontadas respecto al cannabis: el prohibicionismo y su persecución penal asociada en el plano legislativo, y una tendencia de auto-regulación y normalización en el plano social. Esta divergencia está causando mucho sufrimiento innecesario a personas que consumen cannabis y entre sus comunidades y redes cercanas. Con este artículo queremos alertar de la creciente sucesión de condenas judiciales muy duras contra personas que han luchado en primera línea de fuego por los derechos del colectivo.
Actualmente el consumo del cannabis en entornos privados es legal, así como su cultivo, que no puede superar una cantidad determinada para el consumo del propietario/a y que además no puede ser visible desde la vía pública (Ley Orgánica 4/2015). Las limitaciones actuales para la obtención del cannabis chocan con un plano social donde es la sustancia declarada ilícita más consolidada en cuanto a consumo, tanto por motivos recreativos como terapéuticos. Según datos del PNSD, casi un millón de personas usan cannabis cada día.
El conflicto surge ya que al ser difícil abastecerse de cannabis mediante una vía lícita (por no tener conocimientos para plantar o no disponer de las herramientas, espacio o el tiempo necesario para hacerlo) muchas personas consumidoras quedan desamparadas y se ven obligadas a recurrir al mercado informal. Las consecuencias de recurrir a esa vía son diversas y van desde la falta de información sobre la calidad de lo que se consume (variedad genética, niveles de THC o CBD, potenciales contaminantes, metales pesados, etc.) y, por lo tanto, la potencial peligrosidad del producto para la salud, hasta el hecho de estar contribuyendo a la financiación de redes que sustentan el narcotráfico y su violencia asociada. También, son consecuencias las sanciones administrativas a las que pueden enfrentarse tanto quienes venden como quienes compran. Concretamente, según el Informe sobre Drogas de 2018 en España 8 de cada 10 infracciones sobre drogas están asociadas al cannabis. Y, como se ha denunciado, se han visto sanciones de 10.401 euros por portar menos de dos gramos de cannabis en el bolsillo del pantalón (Brotsanbert, 05/09/2019).
Asociaciones cannábicas y Clubes Sociales de Cannabis
Ante esta realidad, desde la sociedad civil han surgido distintas iniciativas para el autoabastecimiento de cannabis desvinculándose del mercado informal. En España han tomado forma de Clubes Sociales de Cannabis (CSC en adelante) que son asociaciones cannábicas de personas consumidoras que por medio del auto-cultivo colectivo abastecen a sus miembros de cannabis y derivados. Estos clubes, por medio de sus representantes, han intentado impulsar regulaciones de su actividad por la vía legislativa en diferentes ocasiones (por ejemplo, la Ley Foral 24/2014 en Navarra, Ley 1/2016 en Euskadi, y Ley 13/2017 en Catalunya) pero casi todas han sido tumbadas por el Tribunal Constitucional.
Y, aunque este desencuentro entre la legislación vigente y la tendencia social viene siendo obvio desde hace tiempo, la inmovilidad de los poderes del Estado frente al avance que ha experimentado el plano social ha provocado una situación de desamparo legal para los CSC que, en su intento por proponer alternativas lícitas y acudir a la Administración pública han sido tratados como traficantes de drogas por el Tribunal Supremo, enfrentándose a sanciones económicas inabarcables y largas condenas de prisión.
En este trabajo pretendemos dar a conocer las graves consecuencias derivadas de sufrir una persecución legal en relación al cannabis o por la vinculación a Clubes Sociales de Cannabis, desde los estragos a nivel económico, las consecuencias y los perjuicios sociales hasta el impacto a nivel personal, con la intención de abrir el debate en torno a esta problemática e impulsar los cambios legislativos necesarios.
Tres testimonios de asociaciones cannábicas perseguidas por la ley
Plasmamos la realidad de tres personas involucradas en la lucha por el cambio de leyes que han sufrido de primera mano las consecuencias de la justicia española. Los tres entrevistados son activistas cannábicos, forman o han formado parte de movimientos por la regulación y han sido la cara visible de los mismos, lo que —probablemente— ha contribuido a su situación de persecución legal.
Ángel, el primer entrevistado, es activista cannábico desde sus 16 años. Su relación con el cannabis y el asociacionismo empezó con la idea de colectivizar un derecho que ya era individual: el derecho del consumo. Su estrecha relación con el mundo del cannabis y su activismo le llevaron a formar parte de la junta directiva de un Club Social de Cannabis, así como a participar activamente en la redacción de la Ley catalana 13/2017 (que posteriormente fue tumbada por el Tribunal Constitucional). Su persecución penal empezó en 2013.
José es también activista cannábico desde joven y su compromiso se ha ido incrementando con los años, convirtiéndose para él tanto en una lucha social como en su ámbito profesional. José forma parte de un colectivo al que se le han imputado nueve delitos por causas distintas (han sufrido nueve intervenciones en sus sedes o en sus cultivos) en un espacio de entre ocho y nueve años aproximadamente. La última sentencia (aunque no es firme todavía) fue recibida en enero de 2020 y condena al acusado a más de cinco años de prisión, además de multas astronómicas.
Finalmente Albert, quien también ha jugado un papel relevante en el activismo cannábico, miembro de la junta directiva de un popular CSC que, aunque se adhería a las bases establecidas en las distintas leyes y estatutos, recientemente ha recibido una pena de cárcel en sentencia firme y, por lo tanto, de cumplimiento inminente. Ha tenido seis juicios desde 2012 y, a pesar de todas las alegaciones y su situación personal, se espera su entrada en prisión en breve.
Consecuencias de la persecución
Empezando por las consecuencias económicas que conlleva sufrir una persecución de este tipo, se incluyen las propias de la sanción (en el caso de que se imponga) y las del costo del proceso. Las sanciones económicas que se imponen en sentencia suelen ser de grandes cantidades, esto es debido a la naturaleza del delito que se juzga: delitos de asociación ilícita y contra la salud pública y, en algún caso, por blanqueo de capitales.
En estos delitos se entiende que la sanción económica debe sufragar los beneficios que se hayan obtenido del delito, que en este caso es el «tráfico de drogas», un negocio que resulta muy lucrativo si se realiza con este ánimo. Sin embargo, en los casos analizados, los negocios actuaban sin ánimo de lucro. Por tanto, los beneficios se reinvertían en otros proyectos o en la propia asociación, lo cual deja a los acusados sin los recursos necesarios para afrontarlas.
Ángel: «Ahora me piden un año y 6 meses de cárcel y 200.000 € de multa […] Después de tanto trabajo, los políticos apoyándonos y diciendo que éramos unos cracks y de golpe no tengo nada: mi mujer, dos hijas y una hipoteca de 1.000 €, no te puedes imaginar lo que es eso. […] Fue un año muy duro, todavía se me ponen los pelos de punta, que tenga que venir tu suegro a rellenarte la nevera porque no tienes para comer […]».
José: «Los gastos judiciales ascienden a unos 40.000 € por todas las causas, y eso tirando bajo».
Albert: «He tenido que dejar mi trabajo y vender parte de una sociedad para afrontar los gastos de abogados, multas y campaña, pero no será suficiente y con las multas que nos han puesto nos han condenado a estar arruinados de forma vitalicia […] Una multa de 42.000 € con condena de 1 año y medio, otra de 36.000 € con condena de 5 años y una de 2.250.000 € fruto de un pacto con fiscalía para suspender las penas inferiores a dos años de cárcel».
Además, en estos casos en concreto se ha procedido a cerrar los clubes involucrados, por lo que además de los costes ya nombrados, también se enfrentan a las pérdidas económicas del cultivo o la pérdida de las ganancias que se habrían obtenido de la distribución.
José: «En esa época movíamos casi 600.000 € anuales, el dinero se reinvertía en diferentes actividades, en activismo, etc. […] En total hemos tenido unos 170 kg de cannabis incautados, lo que supone aproximadamente 300.000 €. Han arruinado la asociación […]. A mí personalmente también me han arruinado».
Ángel: «Ellos sabían que si precintaban la asociación desapareceríamos, porque no somos gente de dinero, somos gente normal y no podíamos mantener el alquiler, y ellos lo sabían. […] Estuvimos un año pagando el alquiler del local con la falsa esperanza de que reabriríamos, pero no fue así y al final dimos de baja la asociación».
Persecución legal de asociaciones cannábicas
También pueden verse afectadas por los procesos judiciales personas sin una responsabilidad directa en la actividad del CSC. Como relatan los entrevistados, puede tratarse desde una persona que ya no trabaja para el club, la propiedad del local o personas socias que son intervenidas en la calle por llevar algo de sustancia.
Además, en algunos casos, los tiempos que sigue el proceso judicial generan también una pérdida económica de dinero y un desgaste personal. Normalmente, al ser delitos propios de organizaciones criminales se consideran macro causas, lo que provoca que las causas se alarguen y tarden años en obtener una sentencia, que podrá ser recurrida hasta que sea firme.
José: «Las intervenciones empezamos a sufrirlas a partir de 2010, en 2011 tuvimos la de Gandesa y la de Blanes, y tuvimos el juicio el año pasado (8 años han pasado)».
Ángel: «A mí me han juzgado hará unos meses (setiembre 2019). Todo esto pasó en 2013 y hasta 6 años después no me han juzgado. Y ahora me piden un año y 6 meses de cárcel y 200.000 € de multa […]. Pero ahora hemos recurrido al supremo, así que la sentencia no es firme todavía».
Albert: «Afecta totalmente a tu vida en todos los ámbitos. En lo personal hemos estado desde 2012, unos 8 años con la incerteza de qué podría acabar pasando».
Perjuicios sociales
Por otro lado, los procesos penales que incluyen una intervención o una detención acarrean también una serie de consecuencias y perjuicios sociales en el acusado. Los efectos negativos que puede conllevar una detención en teoría deberían ser paliados por los principios de presunción de inocencia, de integridad física, de dignidad y de legalidad (entre otros), aunque en los casos que se analizan aquí las intervenciones no se llevaron a cabo siguiendo las garantías marcadas por los poderes judiciales, lo cual supone una vulneración de los derechos de los perseguidos:
José: “Hay que tener en cuenta que la policía intervino el cultivo de Gandesa sin orden judicial, Barcelona sin orden judicial (en uno les dejamos entrar, pero en el otro apalearon a la persona que iba a abrir la puerta y entraron sin orden), en Hospitalet sin orden judicial y en Piera sin orden judicial. […] En Blanes nos hacen una intervención con GEOS y los ARROS, tirando la puerta abajo y sin atender a razones. Detuvieron a algunos de nuestros compañeros. Fuimos todos a comisaría y yo me autoinculpé de ser el presidente de la asociación, pero no me quisieron detener”.
José: “Me detuvieron cuando estaba llevando a los niños al colegio, por suerte lo hicieron de forma delicada, después de dejarlos me picó en la puerta de la furgoneta un policía nacional que me dijo de salir de allí para no montar un escándalo”.
Ángel: “Cortaron la calle donde se situaba el Club, de donde soy vecino desde hace años. Entraron los Mossos armados con metralletas, como si fuéramos terroristas y tiraron la puerta de la asociación abajo. […] Y nada, manos arriba, nos registraron uno a uno, trajeron perros después y precintaron la asociación. […] Entraron y se llevaron a los miembros de la junta directiva, estuvieron detenidos dos días. Yo llegué al día siguiente porque había estado en Madrid […] me detuvieron al día siguiente”.
Albert: “Primero había un indicio (un olor, o la queja de algún vecino) y entonces nos intervenían tanto la asociación como el cultivo, y luego se nos imputaban los delitos en cada caso. En algunos casos […] se nos detenía durante unas horas, en la última intervención […] se nos detuvo por el máximo permitido, 3 días”.
No es nueva la criminalización que sufre el activismo cannábico, que contribuye a potenciar el etiquetamiento de una persona como delincuente y lo establece, a ojos de la sociedad, como peligroso. Esto representa un doble castigo o una doble culpabilización: la que se imputa en los delitos en sí y la derivada de los costes sociales del procedimiento, como podrían ser la limitación de oportunidades y la baja aceptación en según qué círculos, o la profecía autocumplida (entre otros).
En el ámbito personal encontramos consecuencias relacionadas, sobre todo, con la mutilación de un proyecto de vida. Los entrevistados hasta el momento son personas que han formado parte de los distintos movimientos activistas cannábicos y que se han visto involucrados de forma personal en los avances legislativos que parecía que estaban aconteciendo en Catalunya y en el resto del Estado. Por tanto, se genera una ilusión y se desarrolla una vida en torno a un proyecto, el cual finalmente es intervenido y cerrado por la policía.
Ángel: «Al principio mucha incredulidad, no me lo creía. Se me cayó el mundo, estuve un año en depresión. Claro, yo tengo hijas, no podía ni llenar la nevera, no tenía para pagar las letras de la hipoteca […] La primera sanción, cuando nos cerraron, pues una mierda, a veces los colegas me retraen que fue por mi culpa, por dar la cara, por ser la cara visible de toda la lucha».
E inevitablemente, también, se ven involucrados los círculos más íntimos: familia, amigos, etc., que representan los ámbitos más devastados por todo el proceso, no sólo por la cuestión económica y social, sino por tener que afrontar una posible entrada en prisión. Algunos de los entrevistados tienen personas menores a su cargo, y la inviabilidad de otro tipo de cumplimiento de pena es especialmente dura en estas situaciones:
Albert: “Yo tengo dos niños pequeños y una ahijada menor de la que soy el único responsable […]. Creo que ellos son los que peor lo llevarán porque al ser tan pequeños es difícil explicarles la situación y que lo puedan entender, sólo verán que no estoy y me podrán venir a ver sólo de vez en cuando. Será muy duro para ellos. […]. Mi ex pareja, la madre de mis hijos, está segura de que no entraré en la cárcel, pero creo que es más una defensa suya para no afrontar la situación, porque para ella también será muy complicado”
Observaciones
El análisis en profundidad de cada caso y las consecuencias que se han derivado nos lleva también a destacar algunas observaciones.
Los tres entrevistados son activistas, personas que han estado en primera fila a la hora de negociar con el gobierno, de propulsar políticas y de redactar leyes, lo que les ha situado en la cara más mediática de la lucha; los tres entrevistados habían concedido entrevistas a medios de comunicación e incluso habían ofrecido reportajes a importantes cadenas de televisión en los que promulgaban la idea de los CSC como entidades de reducción de riesgo, como una realidad que ya se había cubierto en el plano social pero que todavía faltaba regularla en el plano legislativo.
Cuando a partir de 2012/2013 el fenómeno de los CSC empezó a tomar unas dimensiones mucho mayores, aquellos clubes y asociaciones cannábicas más conocidos y que más habían participado en la lucha por su regulación empezaron a ser perseguidos, como fue el famoso caso de Pannagh de Bilbao, o como el Club Kali de Sant Cugat, La Maca de Sants o Airam de Barcelona. Esto refuerza la idea de los propios acusados de que, de alguna forma, han sido usados como «cabeza de turco», como un medio de generar miedo y amedrentar a aquellos que han participado y participan en la lucha por la regulación del cannabis.
Para concluir, nos quedamos con la reflexión de Albert, un razonamiento que los tres entrevistados comparten y que nosotros mismos suscribimos:
«Intento entender que estamos viviendo un proceso de cambio, en el que hay personas que dan la cara y se sacrifican para que las cosas puedan cambiar, pero este proceso conlleva unos sacrificios muy grandes que pueden destrozar vidas enteras […]. Hay muchas personas que han tirado adelante proyectos similares sabiendo el riesgo que conlleva y ésta es una realidad social, tal y como especificaba un tribunal en su sentencia: que el cannabis está socialmente aceptado y administrativamente tolerado. Esto tiene que provocar que la legislación cambie para adaptarse a una realidad social, es así como evolucionamos como sociedad y no al revés. Las leyes las hacemos las personas, la sociedad y si la sociedad cambia hay que adaptar las leyes a los cambios, y no tratar de cambiar la sociedad para adaptarla a unas leyes inamovibles que ya vienen dadas. […] El caso cannábico es una tendencia mundial que ya ha provocado legalizaciones tanto medicinales como recreativas y muchos países ya se están adaptando y han normalizado el consumo, la producción y la distribución para satisfacer la demanda con control y seguridad, mirando de la mejor manera por la salud de las personas».
Campañas vigentes para colaborar:
http://consumoconderechos.org
Autoría:
Alba Pallarés (estudiante de prácticas de Criminología en la UAB)
Òscar Parés (subdirector de ICEERS)
Cristina Sánchez (coordinadora de ICEERS)
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