¿Cuál es el régimen legal de la ayahuasca en España? Durante la tercera World Ayahuasca Conference celebrada en Girona en 2019, Antonio Martín Pardo, profesor en Derecho penal en la Universidad de Málaga, analizó la situación legal y la jurisprudencia actual respecto a la ayahuasca en el Estado español.
Antonio Martín Pardo es licenciado y doctor en Derecho por la Universidad de Málaga. Además, obtuvo una beca posdoctoral en la Universidad de Fribourg (Suiza) y ejerce como profesor universitario en su ciudad natal.
Según Antonio, el Convenio de 1971, en el que se regulan las sustancias psicotrópicas, «no encontramos por ningún lado una alusión directa a la ayahuasca como infusión […] Tampoco encontramos ninguna alusión a las plantas componentes de la ayahuasca […] Las carbolinas tampoco se encuentran en ninguna de las listas. No obstante, sí que podemos encontrar en la lista 1 del Convenio de 1971 la cita del DMT, de la dimetiltriptamina, que es el principio activo de la Psychotria viridis».
Situación legal de la ayahuasca en España
«La conclusión a la que se llega es que lo único que está fiscalizado por el Convenio de 1971 es el DMT, pero como sustancia química, es decir, DMT obtenido mediante una síntesis química realizada en un laboratorio. Y esto no es que lo diga yo, que también lo digo, pero lo han dicho voces más autorizadas que yo antes, como por ejemplo la propia JIFE, la propia Junta Internacional de Fiscalización de Estupefacientes, es decir, el organismo encargado de controlar la aplicación de estos tratados internacionales», añade el profesor.
Para profundizar específicamente en el régimen jurídico de la ayahuasca en España, no te pierdas el siguiente vídeo, donde el profesor explica con precisión la situación legal y la jurisprudencia al respecto.
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